EXW ...EX WORK – VERSION 2010
La
venta es en origen.
El
medio de transporte puede ser: Marítimo, Aéreo o Terrestre.
Ex
Works significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la
mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del
vendedor, (fábrica, taller, almacén, etc.). En general, el vendedor no es
responsable ni de cargar la mercancía en el vehículo proporcionado por el
comprador, ni de despacharla de Aduana para la exportación, salvo acuerdo en
otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y riesgos de tomar la
mercancía del domicilio del vendedor hacia el destino deseado. Este término no
debería usarse cuando el comprador no puede llevar a cabo directa o indirectamente
las formalidades de exportación. En tal circunstancia, es mejor utilizar el término
FCA.
El
término EXW encierra el mínimo de obligaciones comerciales para el vendedor.
FCA ...FREE CARRIER – VERSION 2010
La
venta es en origen.
El
medio de transporte puede ser: Marítimo, Aéreo o Terrestre.
Free
Carrier significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la
mercancía cuando la ha puesto a cargo del transportista nombrado por el
comprador en el lugar o punto fijado. Si el comprador no ha indicado ningún
punto específico, el vendedor puede escoger dentro del lugar o zona estipulada
el punto donde el transportista se hará cargo de la mercancía.
Cuando,
según la práctica comercial, se requiera la ayuda del vendedor para concluir el
contrato con el transportista, el vendedor puede actuar por cuenta y riesgo del
comprador.
El
vendedor está obligado a efectuar la exportación.
FAS ...FREE ALONGSIDE SHIP – VERSION 2010
La
venta es en origen.
El
medio de transporte es sólo marítimo.
El vendedor
cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha sido puesta al costado
del buque, en el puerto de embarque convenido.
El
vendedor está obligado a efectuar la exportación.
FOB ...FREE ON BOARD – VERSION 2010
La
venta es en origen
El
medio de transporte es sólo marítimo.
El
vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha sobrepasado
la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto significa que el
comprador ha
de
soportar todos los gastos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía a partir
de aquel punto.
El
vendedor está obligado a efectuar la exportación.
Cuando
las partes no desean que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento en
que sobrepasa la borda del buque, debe utilizarse el término FCA.
CFR ...COST AND FREIGHT – VERSION 2010
La
venta es en origen.
El
medio de transporte es sólo marítimo.
El
vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando sobrepasa la borda del buque
en
el
puerto de embarque.
El
vendedor ha de pagar los costos y el flete necesarios para hacer llegar la
mercancía al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de
la mercancía, así como cualquier gasto adicional debido a sucesos ocurridos
después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador.
El
vendedor está obligado a efectuar la exportación. Cuando las partes no desean
que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento en que sobrepasa la
borda del buque, debe utilizarse el término CPT.
CIF ...COST, INSURANCE AND FREIGHT – VERSION 2010
La
venta es en origen.
El
medio de transporte es sólo marítimo.
El
vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo el CFR; además, debe de
conseguir un seguro marítimo para la carga contra los riesgos que soporta el
comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
El
vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente y efectúa la
exportación.
El
comprador ha de observar que, bajo el término CIF, el vendedor sólo obligado a conseguir
seguro con cobertura mínima.
Cuando
las partes no desean que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento en
que sobrepasa la borda del buque, debe utilizarse el término CIP.
Les recomiendo ver este video sobre los incoterms explicado en forma didactica.
https://www.youtube.com/watch?v=mZV0aQhv4Bg
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